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FILIPPONI, MARIO ABEL c/ ART INTERACCION S.A. Y OTROS s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, exceptuando el pago de costas y gastos causídicos del Fondo de Reserva de la LRT.

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Accidente laboral
- Ley especial

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, excepto en relación al pago de costas y gastos causídicos, los cuales serán tramitados en el concurso de la ART. Respecto a los intereses, la Cámara mantuvo la capitalización anual dispuesta, estableciendo un límite de actualización por IPC más 6% anual.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La capitalización de intereses desde la notificación de la demanda es acorde al art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial, siendo una norma de orden público.
- El Fondo de Reserva de la LRT debe responder por el capital más intereses hasta el efectivo pago, de acuerdo al Fallo Plenario 328.
- El Decreto 1022/2017 excluyó la responsabilidad del Fondo de Reserva por costas y gastos, debiendo tramitarse en el concurso de la ART.

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