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ALTAMIRANDA, MIGUEL JOSE c/ SEGURIDAD ARGENTINA S.A. s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

El actor promovió demanda por diferencias salariales derivadas del incorrecto cálculo de horas extras. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y admitió las diferencias salariales reclamadas.

Intereses moratorios Remuneracion Capitalizacion Viaticos Horas extras Jornada laboral Agravamiento indemnizatorio Registro de trabajo


¿Quién es el actor?

Miguel José Altamiranda

¿A quién se demanda?

Seguridad Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Diferencias salariales por horas extras

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y admitió las diferencias salariales reclamadas. Fundamentos principales:
- El a quo valoró las declaraciones testimoniales que acreditaron que el actor cumplía jornadas superiores a la máxima legal de 48 horas semanales, incumpliendo el CCT.
- La falta de registro de las horas extras por parte del empleador generó la presunción del art. 55 LCT sobre la extensión del trabajo suplementario.
- Los importes calificados como "viáticos no remunerativos" en el CCT deben considerarse remuneración en los términos del art. 103 LCT.
- Correspondió imponer el agravamiento indemnizatorio del art. 80 LCT por la entrega deficiente de los certificados de trabajo.
- Se confirmó la aplicación del sistema de capitalización anual de intereses previsto en el Acta CNAT 2764.

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