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FLORES, NESTOR IGNACIO c/ TECNOSOFTWARE S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia que declaró responsable al Banco Credicoop Cooperativa Limitada como empleador del trabajador pese a estar registrado con otra empresa.

Intereses Despido Justa causa Solidaridad laboral Registro de trabajadores Primacia de la realidad


¿Quién es el actor?

Néstor Ignacio Flores

¿A quién se demanda?

Tecnosoftware S.A. y Banco Credicoop Cooperativa Limitada

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que declaró al Banco Credicoop como empleador directo del trabajador en aplicación del art. 29 LCT, por lo que no se encontraba debidamente registrado. Se confirma el rechazo del despido con justa causa. Se confirma la condena al Banco a entregar los certificados del art. 80 LCT y se rechaza el reclamo de la multa del art. 45 Ley 25.345 por falta de intimación previa. Se modifica la aplicación de intereses según lo resuelto por el Tribunal. Fundamentos principales:
- El trabajador prestó servicios para el Banco Credicoop, por lo que éste debe ser considerado su empleador directo en aplicación del art. 29 LCT, más allá del registro formal con Tecnosoftware.
- No se acreditó correctamente la justa causa de despido invocada por el Banco.
- Corresponde aplicar las tasas de interés de las Actas 2601/14, 2630/16 y 2658/17 de la Cámara, con capitalización anual y un tope máximo equivalente al capital histórico actualizado por IPC más 6% anual.

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