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SAROME, JORGE EDUARDO c/ SAN ANTONIO INTERNACIONAL S.A. s/DESPIDO

El trabajador reclamó indemnizaciones por despido y la empresa apeló la sentencia favorable al actor. La Cámara revocó la sentencia y rechazó la demanda, pero dividió las costas de alzada entre las partes.

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Indemnizaciones por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había admitido la demanda del trabajador. Consideró que la relación se extinguió por un acuerdo de mutuo acuerdo celebrado entre las partes conforme al art. 241 LCT, por lo que rechazó todos los reclamos del actor. Sin embargo, dividió las costas de alzada por el orden causado. La Cámara consideró que:
- El hecho de que el trabajador haya recibido una suma de dinero como "gratificación" al momento de la extinción por mutuo acuerdo no implica necesariamente un despido encubierto.
- El acuerdo de extinción celebrado por las partes ante escribano sin previa homologación es válido conforme el art. 241 LCT.
- No se acreditaron vicios de la voluntad en la celebración del acuerdo por parte del trabajador.
- No corresponde la indemnización del art. 45 Ley 25.345 pues la entrega de los certificados laborales se consideró cumplida. Las costas de alzada se dividieron por el orden causado, pese a la revocación de la sentencia a favor del actor, por considerarse que éste pudo reclamar razonablemente.

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