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PERRUCHINO, MARCELO JAVIER c/ CPS COMUNICACIONES S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por diferencias indemnizatorias derivadas de su despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó parcialmente la sentencia, reduciendo el monto de condena y aplicando los intereses según las pautas de la Cámara.

Intereses Indexacion Despido Antiguedad Multa art 80 lct Diferencias indemnizatorias Multa art 2 ley 25 323

Diferencias indemnizatorias por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia, reduciendo el monto final de condena a $465.771 e imponiendo los intereses según las tasas activas del Banco Nación vigentes. Confirmó la aplicación de la antigüedad desde el inicio de la relación laboral y la procedencia de la multa del art. 2 de la ley 25.323, pero revocó la condena por la multa del art. 80 LCT por ausencia de intimación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que correspondía computar la antigüedad desde el inicio de la relación laboral, aplicando el art. 18 LCT. Rechazó el planteo de la demandada sobre el pago del fondo de cese laboral, al no estar debidamente acreditado. Respecto a la multa del art. 80 LCT, hizo lugar al agravio de la demandada al considerar que no hubo intimación previa. En cuanto a los intereses, la Cámara aplicó las pautas fijadas en sus Actas, estableciendo un límite máximo de actualización por el IPC más 6% anual.

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