TORRICO BAUTISTA, BETHY c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Actora logra reconocimiento de prestaciones por daño psicofísico derivado de accidente laboral. La Cámara confirma la sentencia que hizo lugar a la reparación.
Prestaciones por secuelas psicofísicas de accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia que reconoció el derecho de la actora a percibir prestaciones por las secuelas del accidente sufrido el 6 de octubre de 2014.
Los fundamentos principales de la decisión son:
- Los jueces deben tener en cuenta las conclusiones de los peritos especialistas, salvo que existan razones objetivas para apartarse de ellas, lo que no ocurre en este caso.
- El perito médico realizó un detallado examen de la condición psicofísica de la actora, relacionando sus observaciones con las constancias de la causa y estudios realizados.
- La incapacidad fue valorada conforme al baremo legal aplicable.
- Los intereses deben computarse desde la fecha del accidente, por aplicación de las normas que establecen que el derecho a la reparación dineraria se computa desde el momento del hecho dañoso.
- Los honorarios del perito médico se incrementan al 8% del monto de condena, dado el relevante aporte de su labor.
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