Logo

MOYANO, WALTER MARCELO c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El trabajador promovió demanda por accidente laboral. La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia al eximir al Fondo de Reserva del pago de las costas y gastos del proceso.

Intereses Costas Accidente laboral Quiebra Fondo de reserva Creditos laborales

Accidente laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el pronunciamiento de primera instancia que hizo lugar a la acción por accidente laboral. Sin embargo, modificó la sentencia al eximir al Fondo de Reserva del pago de las costas y gastos del proceso. Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- El artículo 129 de la Ley de Concursos y Quiebras establece que la declaración de quiebra no suspende el curso de los intereses compensatorios devengados con posterioridad que correspondan a créditos laborales. Por lo tanto, corresponde confirmar el cómputo de intereses.
- No obstante, el Decreto 1022/17 excluye puntualmente a las costas y gastos causídicos, por lo que corresponde modificar la resolución de primera instancia y eximir al Fondo de Reserva de su pago.
- Los honorarios de la perita médica no son bajos, por lo que se confirman.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar