SORIANO PEREZ, BRIAN EMILIO c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Comercial modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y aumentó el monto indemnizatorio.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aumentó el monto indemnizatorio. Confirmó el porcentaje de incapacidad física determinado por el perito médico, pero corrigió el cálculo del IBM utilizado en la fórmula, arribando a un capital de $1.211.607,43. Estableció que los intereses se devenguen desde la fecha del accidente con una única capitalización al momento de la interposición de la demanda. Además, elevó los honorarios de la representación letrada de la parte actora.
Fundamentos relevantes:
- El tribunal consideró que no le asistía razón a la demandada respecto a sus cuestionamientos sobre la incapacidad física, dado que el informe pericial se encontraba sólidamente fundamentado.
- En cuanto al cálculo del IBM, se detectó un error en la sentencia de primera instancia, por lo que se procedió a recalcularlo a partir de la información obrante en el expediente, arribando a un salario base mensual de $80.257,60.
- Respecto a la fecha de inicio de los intereses, se mantuvo lo resuelto en la instancia anterior, considerando que el art. 12 de la Ley 24.557 establece que deben correr "desde la fecha de la primera manifestación invalidante".
- En relación a la tasa de interés, siguiendo el criterio de la mayoría de la Sala, se dispuso la aplicación de la tasa activa del Banco Nación con una única capitalización al momento de la interposición de la demanda.
- Finalmente, se elevaron los honorarios de la representación letrada de la parte actora por considerar que los fijados en la sentencia de grado eran bajos.
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