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ZAPATA, EDUARDO ARTEMIO Y OTROS c/ SONDA ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La empresa cuestiona el fallo condenatorio por despido, pero la Cámara confirma la decisión de primera instancia.

Intereses Relacion de dependencia Capitalizacion Despido Pymes

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el fallo condenatorio de primera instancia. Entendió que los actores eran trabajadores dependientes de la empresa y no proveedores autónomos como alegaba la demandada. Respecto a los intereses, si bien compartió parcialmente los agravios de la empresa, propició la confirmación de lo decidido en primera instancia. Fundamentos relevantes:
- La empresa reconoció que había contratado a los Zapata como proveedores de servicios, por lo que debía acreditar que eran autónomos, lo que no hizo.
- El testigo Flamenco y otros declarantes afirmaron que la empresa contrataba personal técnico y los designaba como proveedores, pero les suministraba los elementos de trabajo.
- Conforme la legislación laboral, existe contrato de trabajo cuando una persona realiza actos, obras o presta servicios a favor de otra y bajo su dependencia, mediante remuneración.
- Respecto a los intereses, el juez consideró que la capitalización anual impuesta por el acuerdo de Cámara excede la regulación del Código Civil y no se ajusta a la realidad económica de las pymes.

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