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REYNOSO, MIGUEL ORLANDO c/ ART LIDERAR S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia en cuanto al cálculo de intereses y costas.

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Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó el capital de condena, pero modificó la forma de cálculo de intereses y limitó la responsabilidad del Fondo de Reserva en cuanto a costas y gastos. Fundamentos relevantes:
- Respecto a los intereses, la Cámara consideró que al tratarse de un crédito laboral, no correspondía aplicar la limitación temporal del art. 129 LCQ, debiendo calcularse los intereses hasta el efectivo pago.
- En cuanto a la aplicación del Decreto 1022/2017, la Cámara entendió que correspondía limitar la responsabilidad del Fondo de Reserva a las prestaciones reconocidas por la LRT, excluyendo las costas y gastos.
- Sobre la actualización del capital, la Cámara aplicó el índice RIPTE más una tasa de interés puro del 6% anual desde el evento dañoso hasta la liquidación definitiva.

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