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DIAZ, HUMBERTO ESTEBAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia y aplicó la tasa de interés prevista en la Ley 27.348 para los honorarios profesionales.

Intereses Incapacidad psicologica Accidente de trabajo Honorarios profesionales Ley 27 348


¿Quién es el actor?

Humberto Esteban Díaz

¿A quién se demanda?

Provincia A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente de trabajo ocurrido el 21/01/2021

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, excepto en lo relativo a los intereses de los honorarios profesionales, los cuales serán aplicados conforme a la tasa prevista en la Ley 27.348 y no a la establecida por el acta CNAT 2764/22. Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- La tasa de interés aplicable es la prevista en la Ley 27.348, por ser esta ley la vigente al momento del hecho. La tasa sugerida por el acta CNAT 2764/22 no puede desplazar a la fijada por ley.
- La incapacidad psicológica del 7,6% determinada por el perito resulta razonable y adecuadamente fundamentada, sin que existan argumentos válidos para apartarse de dicha conclusión pericial.
- Los honorarios de los profesionales siguen la suerte del capital, por lo que deben ajustarse a la tasa de interés de la Ley 27.348.

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