GOMEZ, ADRIANA NOEMI c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó indemnización por incapacidad psicológica tras un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció una incapacidad psicológica del 3% pese al informe pericial que determinaba el 10%.
Indemnización por incapacidad psicológica derivada de accidente laboral
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció una incapacidad psicológica del 3% pese al informe pericial que determinaba el 10%. El tribunal consideró que el perito no fundamentó adecuadamente la incapacidad del 10% ni su vinculación con el accidente. No obstante, al no haber sido cuestionado por la demandada, no correspondía modificar ese porcentaje.
Fundamentos relevantes:
- "no se advierte que se hubiera formulado un análisis razonado de la cuestión por cuanto no explicó las circunstancias fácticas y científicas que lo llevaron a establecer la incapacidad atribuida en el 10% t.o. ni que estuviera vinculado específicamente al accidente sufrido."
- "no aportó ningún otro dato objetivo de la evaluación supuestamente practicada que avale ese grado de incapacidad parcial y permanente en la esfera psicológica o, lo que es lo mismo, no aportó una explicación detallada de las operaciones técnicas realizadas y de los principios científicos en que se funda para diagnosticar una RVAN como hubiese correspondido de conformidad con las reglas del art. 472 del CPCCN."
- "De modo que para determinar el carácter indemnizable de una secuela no basta con que ésta haya sido comprobada por el perito, sino que es necesario que en el caso se presenten elementos de juicio suficientes que demuestren el nexo causal de la patología con el evento dañoso y en el caso no se advierten esas circunstancias corroborantes."
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