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CARDENAS, JULIO MAXIMILIANO GASTON c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y elevó el monto de condena por incapacidad física.

Intereses Incapacidad fisica Incapacidad psicologica Accidente laboral Capitalizacion Ingreso base mensual

Indemnización por accidente laboral sufrido el 04/07/2021

¿Qué se resolvió?

Se confirma la incapacidad física del 3,65% reconocida (incrementando el porcentaje reconocido en primera instancia), se modifica el cálculo del Ingreso Base Mensual, se confirma el rechazo de la incapacidad psicológica y se aplican los intereses previstos en el art. 770 CCCN. Fundamentos principales:
- La sentenciante de grado desestimó la incapacidad psicológica al considerar que el perito no justificó su vinculación con el accidente.
- Si bien el perito determinó una incapacidad psicológica del 2%, no realizó un análisis razonado ni explicó científicamente su vinculación con el hecho, por lo que corresponde confirmar el rechazo.
- Respecto a la incapacidad física, el perito determinó un 3% que, con la aplicación de los factores de ponderación, asciende a 3,65%. Estos cálculos son coherentes con las lesiones constatadas.
- El IBM debe calcularse conforme el índice RIPTE del mes del accidente, ascendiendo a $101.397,67.
- Corresponde aplicar los intereses previstos en el art. 770 CCCN, con capitalización anual a la fecha de notificación de la demanda.

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