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ANDRASCIK, ESTEBAN EDUARDO c/ GRUPO ML S.A. Y OTROS s/DESPIDO

El actor, técnico radiólogo, reclamó indemnizaciones por despido ante la empresa Grupo ML S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el reconocimiento de la relación de dependencia y las indemnizaciones correspondientes.

Relacion de dependencia Responsabilidad solidaria Indemnizaciones laborales Despido indirecto Primacia de la realidad

Indemnizaciones por despido y otros rubros laborales

¿Qué se resolvió?

Se declaró la existencia de relación de dependencia entre el actor y Grupo ML S.A., condenando solidariamente al Sr. Etchegoyen. Se rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por Danone Argentina S.A.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se aplicó el principio de primacía de la realidad, concluyendo que Grupo ML no logró desvirtuar la presunción de relación de dependencia del art. 23 LCT.
- No hubo conducta concluyente y recíproca de las partes que evidencie abandono de la relación laboral.
- El salario base y los rubros indemnizatorios fueron correctamente calculados.
- Procede la responsabilidad solidaria del presidente Sr. Etchegoyen.

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