BULACIO, CLAUDIO EZEQUIEL c/ PROVINCIA ART S.A.-6- s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó indemnización por incapacidad psicofísica derivada de un accidente de trabajo. La Cámara modificó la sentencia y redujo el porcentaje de incapacidad, pero mantuvo el derecho a indemnización.
Indemnización por incapacidad psicofísica derivada de un accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Redujo el porcentaje de incapacidad del 52% al 45,14% (22% física + 15% psicológica + 8,14% por factores de ponderación). Esto implicó reducir el monto de la indemnización a $5.351.015,95, pero confirmó el derecho a la misma. Acogió el agravio del demandado respecto a que la incapacidad por cicatriz no era indemnizable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Compartió los fundamentos de primera instancia sobre la incapacidad física y psicológica, pero consideró que la incapacidad por cicatriz no era indemnizable.
- Aplicó correctamente los criterios de la Ley 27.348 para el cálculo de la indemnización y los intereses.
- Mantuvo la imposición de costas a la demandada vencida, pero redujo los honorarios profesionales conforme el nuevo monto de condena.
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