PINILLA, FERNANDO DARIO c/ CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A. s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
El actor reclamó diferencias salariales por partidas cuestionadas. La Cámara modificó parcialmente la sentencia y validó el carácter salarial de los conceptos, pero dejó intocada la base de cálculo de algunos adicionales.
Diferencias salariales por partidas cuestionadas como no retributivas en acuerdos colectivos
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia. Validó el carácter salarial de los conceptos cuestionados, pero dejó sin modificar la base de cálculo de algunos adicionales.
Fundamentos principales:
- Las partidas en disputa tienen carácter salarial según la doctrina del precedente "Díaz, Paulo Vicente c/ Cervecería y Maltería Quilmes" de la CSJN.
- Los acuerdos colectivos no pueden desnaturalizar el carácter salarial de partidas abonadas por el empleador.
- Respecto a la base de cálculo de algunos adicionales, la referencia al "salario básico" en el CCT implica su exclusión de otros conceptos.
- En cuanto a la tasa de interés, se aplica la TNA del Banco Nación sin capitalización.
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