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OJEDA ALFREDO RAUL c/ TRANSPORTE PLAZA S.A..C.E.I s/DESPIDO

El actor promovió reclamo por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil dispuso la capitalización anual de los intereses y modificó parcialmente la sentencia.

Capitalizacion de intereses Codigo civil y comercial Indexacion Proceso inflacionario Despido Preservacion del valor del credito


¿Quién es el actor?

Alfredo Raúl Ojeda

¿A quién se demanda?

Transporte Plaza SA.CEI

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y dispuso que los intereses establecidos sean capitalizados anualmente a partir del 1 de agosto de 2015, fecha de entrada en vigor del Código Civil y Comercial. Confirmó el resto de lo decidido. Fundamentos relevantes:
- El tribunal consideró el notorio proceso inflacionario en Argentina y la necesidad de preservar el valor real del crédito, evitando que pierda significación económica por el paso del tiempo.
- Si bien la jurisprudencia de la Corte Suprema ha limitado el control jurisdiccional sobre la imposibilidad de actualización monetaria prevista en la ley, en este caso la capitalización anual de intereses es adecuada para proteger el capital sin generar un enriquecimiento indebido.
- No obstante, se deja a salvo la posibilidad de una eventual morigeración de los intereses aplicando criterios de razonabilidad.
- Se confirman los honorarios de los profesionales, elevando los del perito calígrafo.

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