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SANABRIA JUAN ALCIDES c/ MAPFRE ARGENTINA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Y OTROS s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por daño material y moral.

Responsabilidad objetiva Dano moral Dano material Accidente laboral Ley de riesgos del trabajo Dueno de la cosa riesgosa

Daños y perjuicios por accidente laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y elevó el monto de la condena a $1.300.000 por daño material y moral. La Cámara consideró:
- Rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 39 inc. 1° de la LRT realizado por Granja Tres Arroyos S.A.
- Confirmó la responsabilidad de Granja Tres Arroyos S.A. como "dueña" de la cosa riesgosa bajo el art. 1113 del Código Civil.
- Rechazó los cuestionamientos a la condena a la ART Galeno por falta de acreditación de incumplimiento de deberes.
- Incrementó los montos indemnizatorios por daño material y moral en base a las pautas del fallo "Arostegui" de la CSJN.

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