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GAUNA, IRMA MAGDALENA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora promovió demanda por incapacidad psicológica derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó recalcular la indemnización aplicando la actualización por el índice RIPTE y adicionando intereses moratorios.

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Incapacidad psicológica derivada de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Ordenó recalcular la indemnización aplicando la actualización por el índice RIPTE desde la fecha del accidente hasta la liquidación, y adicionando intereses moratorios del 6% anual. Confirmó el resto de lo decidido en primera instancia. Fundamentos principales:
- La magistrada de primera instancia había rechazado el reclamo por incapacidad psicológica por considerar que el informe pericial no estaba debidamente fundado. La Cámara consideró que el informe pericial, aunque insuficiente, no podía ser totalmente desestimado.
- Respecto a la actualización del monto indemnizatorio, la Cámara entendió que el decreto 669/19 establece un sistema de actualización de la base salarial por el índice RIPTE, lo que no constituye una indexación prohibida sino un mecanismo para mantener el valor de la prestación.
- Adicionalmente, la Cámara consideró que correspondía aplicar intereses moratorios del 6% anual desde la fecha del accidente hasta el efectivo pago, como complemento de la actualización por RIPTE.

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