CABALLERO, GASTON HORACIO c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y estableció un nuevo criterio para calcular el ingreso base y la tasa de interés aplicable.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Confirmó el porcentaje de incapacidad del 7,84% determinado por la pericia médica. Estableció que el ingreso base debe calcularse actualizando los últimos 12 salarios por el índice RIPTE hasta la fecha de la contingencia, y aplicar un interés del 6% anual por mora hasta el pago.
Principales fundamentos:
- La pericia médica se encuentra debidamente fundada y no puede ser cuestionada sin razones técnicas que la contradigan.
- El decreto 669/19 no implica una repotenciación sino una reducción de la indemnización al cambiar la tasa de interés.
- Corresponde aplicar intereses compensatorios por RIPTE y adicionalmente intereses moratorios del 6% anual.
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