SOLANO ALEGRE, MIGUEL ANGEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador reclamó por incapacidad derivada de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo el porcentaje de incapacidad psicológica.
Incapacidad derivada de accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, detrayendo el porcentaje de incapacidad psicológica y fijando la incapacidad total en 8,54% de la Tabla de Evaluación de Incapacidades. Asimismo, modificó el modo de liquidar los intereses del capital de condena.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- No advierte una relación causal adecuada entre las secuelas físicas del accidente y el daño psicológico aceptado, por lo que se detrae el porcentaje correspondiente a la incapacidad psicológica.
- Respecto a los intereses, dispone que el crédito devengará intereses desde la fecha del siniestro hasta la notificación del traslado del recurso de apelación, momento en el cual se acumularán al capital, y a partir de allí continuarán devengando intereses.
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