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BEIZA, MARINA BEATRIZ c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

La trabajadora reclamó diferencias salariales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, fijando la fecha de baja automática y el cómputo de intereses.

Costas Indemnizacion Intereses moratorios Renuncia Diferencias salariales Relacion de empleo publico Baja automatica


- Actora: Marina Beatriz Beiza
- Demandada: Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Diferencias salariales

¿Qué se resolvió?


- La Cámara nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia.
- Estableció que la fecha de baja automática por renuncia fue el 10/06/2018, al no constar la fecha de aceptación de la renuncia por la AFIP.
- Confirmó que los créditos adeudados deben abonarse dentro de los 5 días hábiles, conforme arts. 128 y 255 bis de la LCT.
- Modificó el cómputo de intereses moratorios, estableciendo que se calcularán desde el 10/06/2018 hasta el efectivo pago.
- Confirmó el resto de la sentencia de primera instancia.
- Impuso las costas de la alzada a la parte demandada.

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