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BACCARO, LAUTARO LEANDRO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y ordenó aplicar al crédito una actualización por RIPTE y un interés posterior.

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Prestaciones dinerarias por accidente in itinere

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que el monto diferido a condena sea reajustado desde la fecha del accidente hasta la puesta a disposición de la indemnización mediante una actualización por RIPTE. Además, dispuso que, una vez practicada la liquidación judicial y en caso de falta de pago, se aplique un interés equivalente a la tasa activa del Banco Nación hasta la efectiva cancelación, con capitalización semestral. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La actualización por RIPTE y el interés posterior resultan necesarios para evitar la licuación del crédito frente a la inflación.
- La confusión entre actualización e intereses en la normativa lleva a la degradación del crédito del trabajador.
- Corresponde actualizar el crédito por variables inflacionarias y adicionar intereses moratorios desde el momento exigible.

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