MOREYRA, MIGUEL ANGEL c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Trabajador interpone demanda por enfermedad profesional. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modifica la sentencia al disponer una única capitalización de los intereses.
Indemnización por enfermedad profesional
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia, con excepción de la fecha de capitalización de los intereses, que dispone una única capitalización al momento de la recepción del expediente administrativo ante la Justicia Nacional del Trabajo.
Los fundamentos principales de la decisión son:
- El art. 12 de la Ley 24.557 modificado por la Ley 27.348 establece que los intereses deben correr desde la primera manifestación invalidante, que en este caso fue el 01/12/2020, por lo que corresponde mantener esa fecha.
- Si bien la actora solicitó aplicar el Acta 2764 para la tasa de interés, dicha acta no es aplicable cuando existe un régimen legal específico, como es el caso de las indemnizaciones por riesgos del trabajo.
- Se confirma la tasa de interés activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco Nación, pero se dispone una única capitalización al momento de la recepción del expediente ante la Justicia Laboral, para compensar la privación del capital y el deterioro del signo monetario.
- Se reducen los honorarios del letrado del actor y de la perita médica.
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