NUNEZ, MARIELA BEATRIZ c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor apela la indemnización por incapacidad fijada en primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones aumenta los honorarios del perito médico.
Impugnación de la determinación del porcentaje de incapacidad física y de los honorarios del perito médico fijados en primera instancia.
¿Qué se resolvió?
- Se declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada respecto del porcentaje de incapacidad, por no alcanzar el monto cuestionado el umbral mínimo para ser apelable.
- Se elevan los honorarios del perito médico a $167.000, equivalente a 5,46 UMAS, por considerar que los montos regulados en primera instancia se encuentran reducidos.
- Se imponen las costas de alzada a la parte demandada.
- Se regulan los honorarios de las representaciones letradas en el 30% de lo que les corresponda por la actuación en la instancia anterior.
Fundamentos relevantes:
- Si bien el artículo 106 de la Ley Orgánica establece un monto mínimo para apelar, la Cámara sostiene que a fin de atender a la realidad económica y preservar el derecho de acceso a la instancia revisora, corresponde tomar como pauta de referencia el valor disputado ante la alzada actualizado según el índice de precios al consumidor. Aún aplicando este criterio, el monto cuestionado no alcanza el umbral mínimo.
- Los honorarios del perito médico son reducidos, por lo que deben elevarse a $167.000, equivalente a 5,46 UMAS.
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