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NARVAEZ, PATRICIA EDITH c/ RADIO Y TELEVISION ARGENTINA S.E. s/DESPIDO

La actora reclamó indemnizaciones por despido incausado, ante la reducción salarial unilateral impuesta por la empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y condenó a la empresa a abonar una mayor indemnización.

Ius variandi Despido incausado Reduccion salarial Multa art 80 lct Adicional art 71 cct 124 75 Integracion remuneracion

Indemnizaciones por despido incausado, ante la reducción salarial unilateral impuesta por la empleadora.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó a la empresa a abonar una mayor indemnización, por considerar que la supresión unilateral del pago del ítem "art. 71 CCT 124/75" configuró un incumplimiento contractual que justificó el despido indirecto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se consideró que el pago del adicional "art. 71 CCT 124/75" era un rubro normal y habitual que integraba la remuneración de la trabajadora, por lo que su supresión unilateral por la empleadora implicó una merma salarial injustificada.
- Se estimó que la resolución administrativa que declaró la vigencia del CCT 124/75 no afectaba los derechos adquiridos individualmente por la trabajadora.
- Se rechazó el reclamo por reducción de horas extras, considerando que se trataba de un elemento accesorio del contrato de trabajo.
- Se admitió la multa del art. 80 LCT por falta de entrega del certificado de trabajo.

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