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FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (805) c/ TUPPERWARE BRANDS ARGENTINA S.A. s/COBRO DE APOR. O CONTRIB.

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios reclamó el cobro de aportes a Tupperware Brands Argentina S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia de primera instancia y ordenó a la demandada el pago de las sumas que resulten de la liquidación pericial.

Presuncion art 55 lct Encuadre convencional Aportes sindicales Contribucion solidaria Sindicato de comercio Sindicato de choferes


¿Quién es el actor?

Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios

¿A quién se demanda?

Tupperware Brands Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de aportes previstos en el CCT N° 130/75

¿Qué se resolvió?

Se revoca la sentencia de primera instancia y se condena a la demandada al pago de las sumas resultantes de la liquidación pericial. Fundamentos principales:
- Se tiene a la demandada por desistida de la prueba pericial contable y renuente a la ofrecida por la actora, aplicando la presunción del art. 55 LCT.
- Si bien los informes de los sindicatos corroboran el encuadre del personal en los CCT 130/75 y 40/89, no hay prueba sobre el personal excluido que alegó la demandada. Por lo tanto, se debe calcular el aporte del 0,5% a favor de la Federación sobre el total de personal constatado, excepto el correspondiente al Sindicato de Choferes.
- Los intereses se devengarán desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago.

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