COLAUTTO, LEANDRO NICOLAS c/ ARGENTINA LOGISTIC SERVICES S.A. Y OTROS s/DESPIDO
Trabajador apela sentencia de primera instancia que hizo lugar a la excepción de cosa juzgada. La Cámara confirma el rechazo del reclamo por considerar que los rubros reclamados ya fueron objeto de un acuerdo homologado.
Multa del art. 80 LCT, indemnización por preaviso, DNU 34/19, aguinaldo, vacaciones y daño moral
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la excepción de cosa juzgada interpuesta por la demandada. Señala que los rubros reclamados ya fueron objeto de un acuerdo homologado previamente entre las partes, por lo que su análisis implicaría violar la cosa juzgada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal señala que el artículo 347 inc. 6 del CPCCN establece que la defensa de cosa juzgada procede cuando el examen integral de las dos contiendas demuestra que se trata del mismo asunto sometido a decisión judicial. En el caso, los rubros reclamados en esta demanda fueron comprendidos en el acuerdo homologado previamente, por lo que su procedencia implicaría analizar lo ya resuelto en ese acuerdo, violando la cosa juzgada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: