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RIVERO, SOFIA AGUSTINA c/ KOWZEF S.A. s/DESPIDO

La trabajadora demandó por despido injustificado, pero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó que el despido estaba justificado por hechos de deslealtad comprobados.

Honorarios Fraude Deber de lealtad Art 80 lct Despido justificado

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La trabajadora Sofía Agustina RIVERO demandó a la empresa KOWSEF S.A. por despido injustificado.
- El juez de primera instancia rechazó la demanda, considerando justificado el despido decidido por la empresa.
- La trabajadora apeló ese pronunciamiento.
- La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia. Señaló que quedó acreditado que la trabajadora, como encargada del sector e-commerce, modificaba manualmente el estado de operaciones como "abonadas" cuando en realidad no lo estaban, y que las personas que recibieron esos productos eran su novio, suegro y suegra, quienes fueron denunciados penalmente por estafa. Este comportamiento, concluyó la Cámara, justificaba el despido.
- Respecto al reclamo de la multa del art. 80 LCT, la Cámara desestimó el agravio, señalando que la empleadora puso a disposición los certificados de trabajo y no se probó un comportamiento obstructivo de la trabajadora.
- En cuanto a los honorarios, la Cámara los consideró adecuados.

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