LUNA, JULIO CESAR c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo y la Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia para ajustar el monto indemnizatorio mediante un mecanismo de indexación más favorable.
Prestaciones dinerarias por secuelas de enfermedades profesionales
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para disponer que el monto diferido a condena sea reajustado mediante "un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) en el período considerado", y que en caso de falta de pago se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa del Banco Nación, capitalizables semestralmente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Los intereses previstos en la ley 27.348 llevan a un "incuestionable deterioro del crédito", pues no compensan la inflación.
- Si bien se ha cuestionado la inconstitucionalidad del Decreto 669/19 que modificó la tasa de ajuste, este resulta más favorable para la preservación del crédito que la previsión legal.
- El art. 11 inc. 3 de la ley 24.557 habilita al Poder Ejecutivo a mejorar las prestaciones dinerarias cuando las condiciones económicas lo permitan.
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