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GALEANO, LUIS ALBERTO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo, pero la cámara confirmó la decisión que declaró la falta de aptitud jurisdiccional del juez de primera instancia al considerar obligatorio el procedimiento ante las comisiones médicas.

Accidente de trabajo Tutela judicial efectiva Comisiones medicas Constitucionalidad Division de poderes Procedimiento administrativo obligatorio

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

Se confirma la declaración de falta de aptitud jurisdiccional del juez de primera instancia, al considerar obligatorio el procedimiento ante las comisiones médicas regulado por la Ley 27.348. Los principales fundamentos son:
- La Ley 27.348 establece un procedimiento administrativo obligatorio y excluyente ante las comisiones médicas para determinar la naturaleza laboral del accidente, el grado de incapacidad y las prestaciones.
- La Corte Suprema ha admitido la constitucionalidad de este sistema, al considerar que cumple con los recaudos establecidos en sus precedentes "Fernández Arias" y "Ángel Estrada" para el reconocimiento de facultades jurisdiccionales a organismos administrativos.
- Sin embargo, la jueza Cañal disiente y propone declarar la inconstitucionalidad del procedimiento administrativo obligatorio, por considerar que vulnera el principio de división de poderes y el derecho a la tutela judicial efectiva.

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