LINZALATA, GISELLE BEATRIZ c/ MODO GRUP S.R.L. s/DESPIDO
La trabajadora promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción, considerando razonables los intereses aplicados.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda por despido.
Los fundamentos principales fueron:
- La Cámara dejó sin efecto el sistema de capitalización anual previsto en el Acta CNAT 2764, y aplicó las tasas de interés contempladas en las actas anteriores (2601, 2630 y 2658), entendiendo que eran insuficientes para proteger el crédito alimentario del trabajador, dado el contexto inflacionario.
- La Cámara señaló que es facultad de los jueces aplicar las tasas de interés bancaria vigente según reglamentación del BCRA, a fin de mantener el valor de la indemnización debida y compensar al acreedor por la privación del capital.
- Sin embargo, al no haber agravio de la actora, la Cámara no podía tornar más gravosa la situación del único apelante (la demandada), a fin de evitar una reformatio in pejus.
- En cuanto a los honorarios de los profesionales, la Cámara los confirmó por considerarlos razonables y adecuados a las pautas arancelarias.
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