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TRONCOZO, NATALIA IRENE c/ DIAL DATABASE MARKETING S.A. s/DESPIDO

La actora demandó por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que consideró el despido como injustificado por falta de notificación adecuada de la causa.

Diferencias salariales Despido injustificado Categoria laboral Multa art 80 lct Multa art 2 ley 25 323 Trabajadora de call center

Despido injustificado, diferencias salariales por incorrecta categorización y multas

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que consideró el despido como injustificado por falta de notificación adecuada de la causa, se reconoce la categoría laboral correcta y se confirman las multas. El tribunal señaló que la demandada no acreditó haber cumplido con los requisitos del art. 243 LCT para notificar el despido con justa causa, lo que conlleva la violación del deber de buena fe y la garantía de defensa en juicio. Respecto a la categoría laboral, consideró que la actora debe ser encuadrada como "Vendedora B" conforme el CCT 130/75, por lo que corresponden las diferencias salariales. Finalmente, confirmó la procedencia de la multa del art. 80 LCT y del art. 2 ley 25.323.

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