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ESPILLAGA LEGUIZAMON, ROBERTO c/ ALBAMONTE, ROBERTO CESAR Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra los demandados. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aumentando el monto de la condena por aplicación de la multa del art. 2 de la Ley 25.323.

Intereses Costas Honorarios profesionales Despido Multa art 132 bis lct Multa art 2 ley 25 323 Empleadores encubiertos

despido

¿Qué se resolvió?

Se modifica la sentencia de primera instancia, aumentando el monto de la condena por aplicación de la multa del art. 2 de la Ley 25.323, que había sido rechazada en primera instancia. Se confirma el rechazo de la multa del art. 132 bis de la LCT y la falta de responsabilidad de las codemandadas Gatta y Murcia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El tribunal considera que el demandado Albamonte apeló de manera genérica, sin señalar concretamente los errores en la valoración de la prueba.
- Respecto a la multa del art. 2 de la Ley 25.323, se considera que correspondía aplicarla dado que el actor reclamó las indemnizaciones por despido y no fueron abonadas oportunamente.
- En cuanto a la multa del art. 132 bis de la LCT, se rechaza debido a que el reclamo fue genérico y no cumplió con los recaudos formales exigidos.
- Se confirma la falta de responsabilidad de las codemandadas Gatta y Murcia, al no surgir de la prueba que hayan actuado como empleadoras encubiertas.
- Se establece el criterio para el cálculo de intereses, aplicando primero lo dispuesto en el Acta 2783/2784 de la CNAT y, en caso de resultar desproporcionado, el parámetro del art. 771 del Código Civil y Comercial.

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