MOSCA, LUCIANA SOLEDAD c/ ASOCIACION CIVIL UNIVERSIDAD DEL SALVADOR s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declara mal concedidos los recursos de apelación interpuestos por las partes por no alcanzar el monto cuestionado el umbral legal mínimo.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara declara mal concedidos los recursos de apelación interpuestos por ambas partes, al considerar que el monto cuestionado no supera el umbral mínimo previsto legalmente para ser apelable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El art. 106 de la Ley Orgánica establece que son inapelables las sentencias y resoluciones cuando el valor cuestionado no excede las 300 veces el monto del derecho fijo previsto en la ley 23.187. En el caso, el monto reclamado no alcanza dicho umbral, por lo que corresponde declarar mal concedidos los recursos.
- La Cámara considera que para analizar la apelabilidad, no corresponde incluir los intereses como parte del monto cuestionado, por ser accesorios de la condena.
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