LICASTRO, CALUDIO ALEJANDRO CHRISTIAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por trastorno psicológico post accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ajustó los rubros de indemnización y honorarios.
Indemnización por trastorno psicológico post accidente laboral
¿Qué se resolvió?
- Se modificó la sentencia de primera instancia en relación a los intereses, los cuales deberán actualizarse según el índice RIPTE desde el accidente hasta el momento de la liquidación, más un interés del 6% anual.
- Se confirmó la decisión sobre los honorarios profesionales.
- Se impusieron las costas de alzada por su orden.
Fundamentos principales:
- Si bien un evento dañoso puede determinar alteraciones en la salud del trabajador, en el desarrollo de los traumas mentales pueden incidir otros factores ajenos al trabajo, por lo que debe existir una perturbación patológica de la personalidad que guarde adecuado nexo causal con el hecho dañoso.
- En materia de intereses, corresponde aplicar lo dispuesto en el Decreto 669/2019, actualizando el capital según el índice RIPTE y adicionando un interés puro del 6% anual.
- Los honorarios regulados en primera instancia fueron considerados equitativos.
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