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MARIN FIGUERA, JUAN ALEXIS c/ WORKTV S.R.L. Y OTROS s/LEY 22.250

El actor promovió demanda por cobro de créditos laborales contra su empleadora y la empresa contratante. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ajustando el cálculo de intereses.

Intereses Responsabilidad solidaria Indexacion Derecho laboral Inflacion Cer Art 30 lct


¿Quién es el actor?

Juan Alexis Marín Figuera
- Demandados: Worktv S.R.L. y Telecentro S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de créditos laborales

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la condena a Telecentro S.A. por aplicación del art. 30 LCT, pero modificó el cálculo de intereses, reemplazando la tasa de capitalización anual por una tasa CER más 6% anual, con única capitalización a la fecha de notificación de la demanda. Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- Telecentro S.A. es responsable solidaria por las tareas de Marín Figuera, que eran necesarias para el normal cumplimiento del objetivo de la empresa, en los términos del art. 30 LCT.
- La Corte Suprema cuestionó la capitalización periódica de intereses ordenada en el acuerdo previo de la Cámara, por lo que se reemplazó por el criterio del CER más 6% anual, con única capitalización a la fecha de notificación.
- Este nuevo criterio busca mantener el valor real del crédito laboral frente a la inflación, sin caer en una reforma en perjuicio de la demandada.

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