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GOMEZ, ANGEL RAMON c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El trabajador reclamó prestaciones dinerarias por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y dispuso que el capital indemnizatorio se actualice por el índice RIPTE.

Intereses Incapacidad laboral Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Prestaciones dinerarias Ripte

Cobro de prestaciones dinerarias por accidente de trabajo ocurrido el 12/11/2016

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma el reconocimiento de la incapacidad y el otorgamiento de la indemnización, pero modifica la forma de cálculo de los intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La acción no está prescripta, dado que el cómputo del plazo comienza desde que el trabajador tomó conocimiento real de la magnitud de su incapacidad.
- Respecto a los intereses, corresponde aplicar el mecanismo de actualización por RIPTE previsto en el DNU 669/2019, con un interés puro del 6% anual sobre el capital actualizado.
- Los intereses deben computarse desde la fecha del accidente hasta la liquidación definitiva.

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