ESPINI, JUAN MARTIN c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por enfermedad profesional, la Cámara confirmó el reconocimiento de una incapacidad parcial y permanente del 74,80% y los intereses desde la primera manifestación invalidante.
Incapacidad por enfermedad profesional
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el reconocimiento de una incapacidad parcial y permanente del 74,80% de la total obrera, como consecuencia de hipoacusia, perturbación del equilibrio y estrés postraumático. Además, confirmó que los intereses deben computarse desde la primera manifestación invalidante.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la incapacidad psíquica fue debidamente reclamada por el actor y dictaminada por la perita, cuyo informe se encontraba adecuadamente fundado. Respecto a la incapacidad física, la Cámara entendió que el informe pericial estaba sólidamente sustentado y que la ART no logró desvirtuar la conclusión sobre la existencia del nexo causal. También confirmó el cómputo de intereses desde la primera manifestación invalidante, de acuerdo a la normativa aplicable.
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