MOLINA, ALEJANDRO GUSTAVO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó incapacidad por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia que reconoció incapacidad física pero no acreditó vínculo causal de la incapacidad psicológica.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Alejandro Gustavo Molina demandó a la ART Provincia S.A. por el reconocimiento de incapacidad derivada de un accidente in itinere ocurrido el 10 de mayo de 2021. La jueza de primera instancia modificó la disposición que determinó que el actor no presentaba incapacidad, y admitió el reclamo por una incapacidad física del 12,2% pero rechazó reconocer la incapacidad psicológica del 10% determinada en la pericia. El actor apeló, alegando que la jueza incurrió en contradicción al otorgar eficacia probatoria al informe pericial que determinó una incapacidad total del 26% y luego disminuirla. La Cámara consideró que los agravios del apelante no lograron modificar lo resuelto. Por un lado, la sentencia de grado fundamentó adecuadamente por qué no corresponde merituar la incapacidad psíquica, al entender que no se acreditó el vínculo causal con el accidente, y que el informe pericial carece de una fundamentación objetiva sobre ese punto. Por otro lado, señaló que el principio in dubio pro operario no resulta aplicable en este caso, pues no se configura una situación de duda en la valoración de la prueba. En consecuencia, la Cámara confirmó la sentencia apelada.
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