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PERALTA, MARICEL JORGELINA c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor impugnó sentencia que rechazó su demanda por accidente de trabajo in itinere. La Cámara confirmó el fallo de primera instancia.

Costas Honorarios profesionales Accidente de trabajo in itinere Ley 18 345

Accidente de trabajo in itinere

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Fundamentos principales:
- La juzgadora de primera instancia determinó las costas por su orden, entendiendo que la parte actora pudo considerarse asistida de mejor derecho para reclamar (art. 68 CPCCN).
- Respecto al agravio sobre las costas, la Cámara consideró que la determinación de costas se ajusta a las pautas de los arts. 68 y 71 del CPCCN, por lo que corresponde mantenerlas por su orden.
- En cuanto a los honorarios apelados, la Cámara estimó pertinente confirmarlos, en atención al monto de condena, al mérito y extensión de las tareas desarrolladas por los profesionales, y a lo dispuesto por los arts. 38 y 40 de la ley 18.345 y demás leyes arancelarias aplicables.

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