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BALESTRE, MAXIMILIANO HUGO c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por enfermedad profesional. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó que el capital nominal de condena acrecerá desde la fecha de toma de conocimiento con intereses moratorios y compensatorios.

Costas Honorarios Incapacidad Relacion causal Intereses moratorios Enfermedad profesional Dictamen pericial medico

Enfermedad profesional

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la procedencia de la demanda y la incapacidad sufrida por el actor. Modificó la fecha de inicio del cómputo de intereses, ordenando que se devenguen desde la fecha de toma de conocimiento (06/06/2014) con intereses moratorios (CER + 3% anual). Dejó sin efecto los pronunciamientos sobre costas y honorarios, para su nueva regulación. Los jueces consideraron que el dictamen pericial médico se encontraba debidamente fundado y que la relación causal entre la enfermedad y las tareas del actor se encontraba acreditada. Remarcaron que para apartarse de las conclusiones de un perito especialista, el juez debe contar con argumentos sólidos que demuestren error o uso inadecuado de la técnica.

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