GOMEZ, CLAUDIO GUILLERMO c/ OMINT ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifica la sentencia de primera instancia y reduce el porcentaje de incapacidad total, pero confirma el inicio del cómputo de intereses desde la fecha del siniestro.
Accidente de trabajo y determinación de incapacidad
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la condena pero modifica el porcentaje de incapacidad, fijándolo en 14% de la T.O. en lugar del 24% determinado en primera instancia. Mantiene el cómputo de intereses desde la fecha del siniestro. Los magistrados señalan que si bien los jueces no están vinculados a las conclusiones periciales, para apartarse de las mismas deben contar con argumentos que demuestren el error. En el caso, la Cámara considera que no existe una relación causal adecuada entre las secuelas físicas y el daño psicológico reconocido por el perito, por lo que detrae ese porcentaje. Confirma el resto de lo decidido en primera instancia.
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