MARTINEZ PEREZ MARIA CARMEN Y OTRO c/ PEREIRA ARGENTINA SA Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
Familiares de víctima de accidente laboral apelan rechazo de indemnización por daño moral. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modifica la sentencia y ordena aplicar pautas para el cálculo de intereses.
Indemnización por accidente de trabajo que causó el fallecimiento del causante, incluyendo daño moral
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma el rechazo de la indemnización por daño moral por falta de fundamentación, pero modifica el cálculo de intereses aplicando pautas de proporcionalidad establecidas por la propia Cámara.
Fundamentos relevantes:
"la argumentación bajo examen omite especificar la supuesta incidencia causal de las cosas de propiedad o guarda de la empleadora en la mecánica del accidente sufrido por el causante que determinó su fallecimiento -falencia inevitable al no efectuarse referencia alguna a la manera en que se habría producido el desenlace fatal
- es decir que nada se expresa en torno a los presupuestos ineludibles para la procedencia de la pretensión, frente a la decisión del juez de grado anterior de tener por no acreditados los presupuestos de responsabilidad exigidos por el derecho común"
"Según quedó establecido en el Acta Nº 2784 de esta CNAT, corresponde disponer -en los términos del art. 770 del Código Civil y Comercial de la Nación
- que "…los créditos diferidos a condena se adecuarán desde que cada suma es debida y hasta la fecha de la liquidación mediante el CER. A este monto se le adiciona una tasa anual del 6% desde la fecha del crédito y hasta la fecha de la notificación de la demanda, cuyo resultado se capitaliza. Al monto resultante se le aplica una tasa del 6% anual desde la fecha de la notificación de la demanda hasta la de la liquidación, para así obtener el resultado final…"."
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