MANSILLA, RAMON EDUARDO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor logró el reconocimiento de prestaciones dinerarias por las secuelas de un accidente de trabajo. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia.
Percibir prestaciones dinerarias por accidente de trabajo del 1 de febrero de 2016.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que reconoció al actor el derecho a percibir las prestaciones dinerarias solicitadas.
Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que la mera afirmación de que no se tuvieron en cuenta las impugnaciones al dictamen pericial, sin desarrollar una crítica concreta, incumple el requisito de admisibilidad del recurso de apelación.
- Respecto al quantum indemnizatorio, la Cámara entendió que la demandada sólo realizó afirmaciones dogmáticas sin cuestionar los criterios aplicados.
- En cuanto a la fecha de inicio de los intereses, la Cámara consideró que la fijación de la fecha de la primera manifestación invalidante como momento a partir del cual se computan los intereses, es una medida necesaria para preservar el valor de los créditos y se ajusta a la normativa aplicable.
- Los honorarios fueron considerados adecuados.
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