BRIZUELA, EZEQUIEL ALBERTO-9- c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador apela la sentencia que desestimó su demanda por accidente in itinere, pero la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial revoca la decisión y le reconoce una incapacidad del 10,2%.
Reconocimiento de prestaciones por accidente "in itinere" sufrido el 15/04/2016.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y condena a la aseguradora a pagar al actor la suma de $125.060,54 más intereses, por la incapacidad física del 10,2% derivada del accidente.
Los fundamentos principales son:
- El informe del perito médico Dr. Varela concluyó que el actor presenta una meniscectomía con hidrartrosis en la rodilla izquierda, con una incapacidad del 10,2% en relación causal con el accidente. Este dictamen tuvo mayor valor probatorio que el primer informe que había desestimado la existencia de secuelas.
- No se acreditó una afección psicológica con entidad suficiente para ser indemnizada.
- Corresponde otorgar las prestaciones médico-asistenciales, pero no pueden ser sustituidas por una indemnización en dinero, salvo el traslado del paciente.
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