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WECHSLER FIORITO, IVO HERMAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ajustando los intereses y los honorarios profesionales.

Intereses Accidente laboral Honorarios profesionales Riesgos del trabajo Ripte Ley 27348

Recurso Ley 27348

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo a los intereses y los honorarios profesionales. Respecto a los intereses:
- Correspondía aplicar lo dispuesto en el Decreto 669/19 que sustituyó el art. 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo.
- El ingreso base debe actualizarse por el índice RIPTE desde la fecha del evento dañoso y hasta la intimación judicial de pago.
- Desde la intimación judicial de pago y hasta la efectiva cancelación, se aplicará el interés promedio de la tasa activa del Banco Nación. Respecto a los honorarios:
- Se dejó sin efecto lo decidido en origen y se regularon los honorarios de manera originaria.
- Para la 1ra instancia, se fijaron porcentajes del 18%, 16% y 8% sobre el capital e intereses de condena, para la representación letrada del actor, demandado y perito médica, respectivamente.
- Para la 2da instancia, se fijó un 30% sobre lo que les corresponda a cada representación letrada por los trabajos desarrollados en la instancia anterior.

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