GARZON, GUSTAVO SEBASTIAN c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Demandado apeló decisión que aplicó intereses en accidente de trabajo. La Cámara modificó la forma de cálculo de los intereses.
Accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo al cálculo de los intereses, disponiendo que el monto de la condena devengará intereses conforme a la tasa CER más una tasa pura del 6% anual, desde el 1/6/2016 hasta el efectivo pago, con una única capitalización sobre la tasa pura del 6% anual desde la notificación de la demanda. En lo demás, confirmó la sentencia apelada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Según acta CNAT N° 2783/2024, los créditos laborales deben actualizarse con tasa CER más 6% anual.
- Los intereses deben liquidarse desde el 1/6/2016, fecha de conocimiento de la afección, y no aplica la ley 27.348.
- Los jueces no tienen obligación de expedirse sobre todas las alegaciones de las partes, sino solo sobre las conducentes para resolver el litigio.
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