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RIVERA, ROBERTO EUSEBIO c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por incapacidad derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aumentó el porcentaje de incapacidad reconocido al trabajador.

Tasa de interes Incapacidad laboral Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Dano psiquico

Indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia en cuanto reconoce incapacidad física del 10%, pero se modifica para reconocer además una incapacidad psicológica del 10%, elevando el porcentaje total de incapacidad al 20%. Se modifica también el modo de actualización de la condena, aplicando la fórmula prevista en el decreto 669/19 con interés del 6% anual.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La pericia médica acreditó la existencia de una reacción vivencial anormal neurótica de grado II, como consecuencia mediata del accidente, por lo que corresponde reconocer la incapacidad psicológica.
- El decreto 669/19 que modifica el artículo 12 de la ley 24.557 es aplicable en materia de infortunios laborales, por cuanto establece una tasa legal de actualización.
- Los intereses deben calcularse a una tasa del 6% anual, a fin de compensar la privación del capital, de acuerdo a la jurisprudencia de la CSJN.

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