RIVERA, ROBERTO EUSEBIO c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por incapacidad derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aumentó el porcentaje de incapacidad reconocido al trabajador.
Indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia en cuanto reconoce incapacidad física del 10%, pero se modifica para reconocer además una incapacidad psicológica del 10%, elevando el porcentaje total de incapacidad al 20%. Se modifica también el modo de actualización de la condena, aplicando la fórmula prevista en el decreto 669/19 con interés del 6% anual.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La pericia médica acreditó la existencia de una reacción vivencial anormal neurótica de grado II, como consecuencia mediata del accidente, por lo que corresponde reconocer la incapacidad psicológica.
- El decreto 669/19 que modifica el artículo 12 de la ley 24.557 es aplicable en materia de infortunios laborales, por cuanto establece una tasa legal de actualización.
- Los intereses deben calcularse a una tasa del 6% anual, a fin de compensar la privación del capital, de acuerdo a la jurisprudencia de la CSJN.
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