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MONTANA MATUTE, HAROLD ANTONIO DE JESUS c/ ENVAPLAST S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia en lo relativo a la forma de cálculo de los intereses y los honorarios profesionales.

Calculo de intereses Honorarios profesionales Presuncion Indemnizacion por despido Despido Fraude laboral Trabajador eventual


¿Quién es el actor?

MONTANA MATUTE, HAROLD ANTONIO DE JESUS
- Demandados: ENVAPLAST S.R.L. y SERPI S.R.L.
- Objeto de la demanda: Despido
- Decisión del tribunal: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en lo relativo al cálculo de intereses y honorarios profesionales. Confirmó la decisión en lo demás. En cuanto a los intereses, dispuso que deben calcularse:
- Desde la fecha de cada crédito hasta la notificación de la demanda, aplicando CER + 6% anual.
- Desde la notificación de la demanda hasta la liquidación, aplicando 6% anual.
- Estableció que si este cálculo arroja un resultado desproporcionado, se debe aplicar el art. 771 del Código Civil y Comercial, tomando como parámetro la actualización por RIPTE + 7% anual. En cuanto a los honorarios profesionales, los reguló en 16%, 14%, 14% y 7% sobre el monto de condena para la representación letrada del actor, las demandadas Envaplast y Serpi, y la perita contadora, respectivamente.

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